La congelación de USCIS para 39 países queda bloqueada: ¿Qué pasará?

Por Lay Soler

julio 17, 2026

Primer plano de un mazo de juez de madera con banda de latón sobre su base en una sala de tribunal desenfocada

Resumen

Un juez federal en Rhode Island decidió que USCIS violó la ley al congelar las decisiones de inmigración para personas de 39 países. Si eres de uno de los países afectados, tu caso debería estar avanzando de nuevo, pero la situación todavía está cambiando. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.


¿En qué consistía exactamente esta congelación de USCIS para 39 países?

A finales de noviembre de 2025, USCIS (la agencia que se encarga de las green cards, la ciudadanía, el asilo y los permisos de trabajo dentro de Estados Unidos) puso en pausa, de forma silenciosa, la resolución de casos de personas de una lista de países que iba creciendo. Para enero de 2026, esa lista ya incluía 39 países de África, Asia, América Latina, el Caribe y Medio Oriente.

Esto no fue una sola política — fueron cuatro:

  • La Política de Congelación de Beneficios — congeló las decisiones finales sobre green cards, permisos de trabajo y ciudadanía para personas de los 39 países listados.
  • La Política de Congelación Global de Asilo — congeló las decisiones de asilo para todos, sin importar su nacionalidad.
  • La Política de Re-Revisión Integral — obligó a USCIS a revisar de nuevo beneficios de inmigración que ya había aprobado para personas de esos 39 países que entraron a EE. UU. desde enero de 2021.
  • La Política de Factores Específicos por País — les decía a los oficiales de USCIS que trataran la nacionalidad de alguien de uno de estos países como un punto en contra automático al tomar decisiones discrecionales.

Es importante aclarar que esto no eran rechazos. Las solicitudes no se negaban directamente. Simplemente se quedaban ahí, sin abrir o sin resolver, a veces durante muchos meses, incluso después de que la persona ya hubiera pagado sus cuotas, hubiera ido a entrevistas y hubiera pasado las verificaciones de antecedentes.

¿Por qué hizo esto el gobierno?

El gobierno señaló un hecho trágico. A finales de noviembre de 2025, dispararon a dos miembros de la Guardia Nacional que estaban en Washington, D.C. Según los fiscales, el ataque lo cometió Rahmanullah Lakanwal, un inmigrante afgano al que se le había otorgado asilo. Lakanwal se ha declarado no culpable.

Después de eso, el presidente Trump dijo en redes sociales que quería «pausar permanentemente la migración de todos los países del Tercer Mundo para permitir que el sistema de EE. UU. se recupere por completo». Luego amplió la lista de países sujetos a restricciones totales o parciales de viaje hasta llegar a 39 naciones. Entre los países con prohibición total de viaje estaban Afganistán, Irán, Haití, Somalia, Venezuela y Siria. El gobierno ha defendido estas restricciones argumentando razones de seguridad y verificación.

USCIS construyó entonces su propia congelación interna sobre esa lista de prohibición de viaje, pausando las decisiones de beneficios para personas de los 39 países, sin importar cuánto tiempo llevaran viviendo legalmente en EE. UU.

Qué decidió el juez

El 5 de junio de 2026, el juez federal en jefe John J. McConnell Jr., con sede en Providence, Rhode Island, determinó que las cuatro políticas de USCIS eran ilegales. Su decisión, de 135 páginas, no se guardó nada.

Escribió:

«La congelación de adjudicaciones por parte de USCIS no se puede atribuir a algo que estas personas hicieran mal; surge únicamente por la casualidad de su lugar de nacimiento».

También dijo que la congelación «sumió las vidas de innumerables inmigrantes que viven en Estados Unidos en un limbo legal indeterminado».

Y sobre el principio legal de fondo, no se quedó corto: «el estado de derecho tiene que aplicarse a todos por igual y, como queda claro aquí, USCIS no ha ‘seguido la ley’ ni ha ‘hecho las cosas de la manera correcta’. De hecho, la agencia ha violado las propias leyes de inmigración que el Congreso le encargó administrar, así como las leyes administrativas que rigen las acciones de la agencia».

Skye Perryman, directora de Democracy Forward, el grupo legal que representa a los demandantes, recibió la decisión con beneplácito: «Esta sentencia reafirma un principio básico: el gobierno federal no puede cerrar vías legales de inmigración ni discriminar a las personas según su lugar de origen».

Un portavoz del DHS no respondió de inmediato a la solicitud de comentarios de Reuters el día de la sentencia.

Algunos hallazgos específicos de la sentencia destacan:

  • USCIS no tenía la autoridad legal para hacer esto. La ley federal dice que USCIS «deberá» decidir las solicitudes en el orden normal. El juez determinó que la agencia simplemente no podía negarse a tomar una decisión por completo.
  • No había una conexión real entre la razón que dieron y el alcance de la política. El juez cuestionó por qué un acto violento presuntamente cometido por una sola persona de Afganistán justificaba congelar las solicitudes de personas de otros 38 países completamente ajenos al caso, incluyendo lugares como Cuba, Venezuela y Nigeria.
  • La justificación de «seguridad nacional» parecía un pretexto. El juez señaló un detalle revelador: alrededor de un mes después de congelar los beneficios por «seguridad nacional», USCIS hizo excepciones para los atletas que llegarían para el Mundial 2026 y los Juegos Olímpicos de 2028. Si un riesgo de seguridad puede desaparecer para un futbolista, razonó el juez, probablemente nunca se trató realmente de seguridad.
  • Los propios comentarios públicos del gobierno también importaron. McConnell señaló comentarios del presidente Trump y de la entonces secretaria del DHS, Kristi Noem, hechos justo después del tiroteo, incluyendo una publicación de Trump en redes sociales que calificaba a los refugiados como «la principal causa de disfunción social en Estados Unidos». El juez escribió que era imposible ignorar ese contexto.

Importante: esta sentencia no anuló la prohibición de viaje en sí. Las restricciones de entrada para personas que solicitan desde fuera de EE. UU. siguen vigentes. Lo que el juez bloqueó fue una práctica interna y separada de USCIS que congelaba beneficios para personas que, en muchos casos, ya vivían legalmente dentro de Estados Unidos.

Qué pasó después de la sentencia (esta es la parte más importante)

Aquí es donde la cosa se complica, y es importante que entiendas toda la cronología si tu caso se vio afectado.

5 de junio de 2026 — El juez McConnell emite su sentencia y anula las cuatro políticas.

La semana siguiente — USCIS no actúa de inmediato. En lugar de reanudar las decisiones de los casos, el gobierno le pidió al tribunal una «aclaración», y las políticas parecían seguir vigentes en la práctica. La administración argumentó que la orden todavía no había entrado en vigor legalmente.

11 de junio de 2026 — Como USCIS todavía no había cambiado de rumbo de forma visible, el juez McConnell emitió una orden de seguimiento más firme. Dijo claramente que las políticas de USCIS «ya no estaban en vigor», y le dio a la agencia solo 24 horas para informar exactamente qué estaba haciendo para cumplir. En sus palabras:

«Esta vez no hay excusa. El Gobierno tiene la obligación de cumplir de inmediato con esta Orden».

12 de junio de 2026 — USCIS respondió justo a tiempo para el plazo, y ese mismo día pasaron dos cosas:

  1. USCIS reconoció públicamente la sentencia y dijo que dejaría de aplicar las políticas congeladas, pero dejó claro que estaba «en total desacuerdo» con la decisión del tribunal y que cumpliría solo «mientras se resuelve una posible revisión judicial adicional».
  2. Al mismo tiempo, USCIS presentó una apelación formal ante la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito, pidiendo que un tribunal superior revirtiera la sentencia.

Esta fue la señal más clara hasta ese momento de que la agencia, por ahora, sí reanudaría el procesamiento de casos, aunque dejando claro que todavía considera que su política original era legal.

Hasta el momento de escribir esto, ni el tribunal de distrito ni el Primer Circuito han otorgado una suspensión (stay). Eso significa que la congelación, legalmente, no tiene ningún efecto en este momento — pero el gobierno todavía podría pedir una suspensión en cualquier momento, lo que pausaría temporalmente la sentencia y traería de regreso la congelación mientras se resuelve la apelación.

Qué ha hecho USCIS realmente hasta ahora

Esta es la versión honesta, basada en lo que se sabe públicamente:

  • USCIS ha dicho, por escrito, que los tres memorandos de política detrás de la congelación (PM-602-0192, PM-602-0194, y una alerta de política relacionada) deben tratarse, en toda la agencia, como si ya no estuvieran vigentes.
  • La agencia no ha emitido instrucciones detalladas a sus oficiales explicando exactamente cómo manejar el rezago de casos congelados.
  • Varios despachos de abogados de inmigración que están siguiendo de cerca la situación han reportado que, a pesar de las declaraciones oficiales de USCIS, todavía no han visto una aceleración clara y constante en las decisiones que realmente se están tomando sobre los casos que estaban congelados.
  • USCIS apeló, así que la agencia dejó claro que sigue creyendo que su política original era legal, aunque por ahora esté cumpliendo con la orden del tribunal.

En términos simples: USCIS dice que la congelación terminó, pero la evidencia real de que los casos se estén moviendo todavía es limitada e inconsistente. Esta es una situación de «esperar y verificar», no de «problema resuelto».

Qué significa esto si estás esperando una entrevista de ciudadanía, una green card o un caso de asilo

Si tú o un familiar son de uno de los 39 países afectados, esto es lo que debes saber:

Tu caso debería estar avanzando de nuevo. La congelación que impedía que tu solicitud recibiera una decisión final fue declarada ilegal y se supone que debe quedar levantada. Esto aplica sin importar si estás esperando una green card (Formulario I-485), una renovación de permiso de trabajo (Formulario I-765), una solicitud de ciudadanía (Formulario N-400), o una decisión de asilo (Formulario I-589).

Esto no garantiza la aprobación. El juez ordenó que USCIS volviera a tomar decisiones reales, no que aprobara todos los casos. Tu solicitud seguirá siendo evaluada según sus propios méritos. Todavía podrías recibir una solicitud de evidencia adicional, que te programen una entrevista, o incluso que te nieguen el caso, igual que antes de que comenzara la congelación.

Tu situación frente a la prohibición de viaje no ha cambiado. Si eres nacional de uno de los 39 países y la prohibición de viaje todavía restringe tu entrada a EE. UU. desde el extranjero, esa parte no se ve afectada por esta sentencia. Esta decisión solo tiene que ver con cómo USCIS maneja las solicitudes, no con la prohibición de viaje ni con la pausa separada del Departamento de Estado que afecta a quienes solicitan en los consulados de EE. UU. en el exterior.

No asumas que «congelado» significa «negado». Ninguna de las solicitudes afectadas por esta congelación fue rechazada. Simplemente se pausaron. Si tu caso estaba detenido, debería seguir ahí, esperando avanzar, no perdido ni descartado.

Sé prudente antes de tomar decisiones importantes en este momento. Varios abogados de inmigración han recomendado específicamente no retirar una solicitud pendiente con la esperanza de cambiar de estrategia, y consultar con un abogado antes de cualquier viaje internacional, ya que la prohibición de viaje y los riesgos de reingreso son temas legales aparte que no han desaparecido.

Mantente atento a más cambios. Como USCIS apeló, y como todavía no se ha otorgado ninguna suspensión, esta situación podría cambiar de nuevo. Si un tribunal otorga una suspensión, la congelación podría regresar temporalmente mientras se resuelve la apelación.

Qué puedes hacer si tu caso sigue sin avanzar

Algunos pasos prácticos que los abogados de inmigración están recomendando en este momento:

  • Revisa el estado de tu caso regularmente a través del portal en línea de USCIS, por si hay alguna actualización o movimiento.
  • Guarda tus documentos. Conserva cualquier aviso que hayas recibido que mencione una «congelación», «pausa» o «re-revisión» relacionada con tu caso.
  • Comunícate con tu representante en el Congreso. Las oficinas del Congreso a veces pueden enviar consultas formales a USCIS sobre un caso estancado.
  • Habla con un abogado de inmigración, especialmente si tu caso ha estado detenido mucho más tiempo del que normalmente tarda USCIS, ya que existen herramientas legales (como una demanda de «mandamus») que pueden obligar a la agencia a actuar sobre casos que está retrasando sin razón.

Qué pasa ahora

Este caso, llamado formalmente Dorcas International Institute of Rhode Island v. USCIS, está ahora en manos de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito. Desde aquí podrían pasar varias cosas:

  • El Primer Circuito podría confirmar la sentencia, manteniendo bloqueada la congelación.
  • El Primer Circuito podría otorgar una suspensión, reinstaurando temporalmente la congelación mientras continúa la apelación.
  • El caso podría eventualmente llegar a la Corte Suprema de Estados Unidos, dado lo importante y disputado que es este tema.
  • USCIS podría intentar reescribir la política de una manera diseñada para superar un desafío legal, esta vez con más explicación y un proceso formal de elaboración de normas, en lugar de memorandos internos.

Esta sigue siendo una situación activa y en movimiento. Seguiremos de cerca el tema y actualizaremos nuestro blog conforme se desarrollen los hechos.

Información extra: Listado completo de los 39 países con prohibición de entrada a Estados Unidos

Países con prohibición total

Estos países tienen bloqueada toda la entrada a EE. UU. sin excepciones por categoría:

Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán, Yemen, Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Sierra Leona, Sudán del Sur, y Siria. También se incluye a personas que viajan con documentos emitidos por la Autoridad Palestina.

Países con prohibición parcial

Estos países no tienen todo bloqueado, pero sí tienen restricciones importantes:

Burundi, Cuba, Togo, Turkmenistán, Venezuela, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia, y Zimbabue.

¿Qué significa «prohibición parcial» en la práctica?

Para los países en la lista parcial, esto es lo que queda bloqueado:

  • Todas las visas de inmigrante (las que llevan a la green card)
  • Visas de turista o de negocios (B-1/B-2)
  • Visas de estudiante (F y M)
  • Visas de intercambio (J)

Pero esto sí sigue disponible, aunque con más restricciones de lo normal:

  • Visas de trabajo especializado, como la H-1B, la L (transferencias dentro de la misma empresa), entre otras categorías similares. Eso sí, estas visas se emiten con periodos de validez mucho más cortos de lo habitual, y pasan por una revisión de seguridad más estricta.

En otras palabras: alguien de Cuba o Venezuela, por ejemplo, en teoría todavía podría conseguir una visa de trabajo, pero no podría entrar como turista, estudiante, o como inmigrante permanente.


Fuentes

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